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¿ES RENTABLE PARA LAS TRABAJADORAS AUTÓNOMAS DARSE DE BAJA POR MATERNIDAD?

descargaLa respuesta, rotundamente, es sí.

Analicemos esta respuesta, según el RDL 11/1998, en relación la DA 2ª de la Ley 12/2001, las empresas que contraten a trabajadores desempleados con un contrato de interinidad para sustituir a trabajador@s de baja por maternidad, paternidad, acogimiento, riesgo de embarazo o lactancia, se beneficiarán de un bonificación del 100% en las cuotas de la S.S , tanto de la trabajadora de baja, como de la sustituta.

Esta medida también es aplicable para las trabajadoras autónomas que se den de baja por maternidad o riesgo de embarazo, bonificándose el 100% de la cuota de autónomos, además de la cuota empresarial de la trabajadora sustituta.

Por ejemplo, una empresa con una trabajadora, cuyo coste de S.S. sea de 400 euros al mes, si contrata a otra trabajadora que la sustituya se ahorraría el coste de S.S de la trabajadora de baja por maternidad y la de la trabajadora sustituta, saliendo la S.S. a coste 0.

En el caso de la trabajadora autónoma, se ahorraría la cuota de autónomo y la S.S. de la trabajadora sustituta.

Por otra parte, hay que tener en cuenta que esta medida también es aplicable a las situaciones de riesgo de embarazo, por lo que si, antes del descanso de maternidad, la trabajadora o la trabajadora autónoma  se dan de baja por esta contingencia, se ahorrarían igualmente el coste de la trabajadora o trabajadora autónoma de baja por riesgo de embarazo y la S.S de la trabajadora que las sustituya. Una vez, finalizada la situación de riesgo de embarazo, puede solicitar la maternidad y volver a contratar al trabajador, aplicándose de nuevo las bonificaciones.

Pero ¿qué es la prestación de riesgo de embarazo?

Pues, en resumidas cuentas, es una prestación que abonan las Mutuas de Accidente cuando una trabajadora embarazada, como consecuencia del trabajo que desempeña, no puede continuar en su puesto de trabajo por suponer un riesgo para la salud del feto o la evolución del propio embarazo. En estos casos, la normativa en materia de prevención de riesgos laborales obliga a las empresas, en primer lugar, a buscar un puesto de trabajo alternativo en el que la trabajadora pueda desempeñar otras funciones o adaptar el que tiene de forma que se elimine el riesgo  para el feto o el embarazo.

La cuestión aquí es que se tiene que dar la circunstancia de que la empresa pueda reubicar a la trabajadora embarazada, lo cual no suele suceder en la mayoría de empresas, por lo que, en ausencia de un puesto compatible y la imposibilidad de que la trabajadora pueda continuar en su trabajo, se contempla la posibilidad de suspender el contrato de la trabajadora con derecho a percibir la prestación de riesgo de embarazo.

Esta medida es también aplicable al trabajadora autónoma, por lo que si su trabajo perjudica la salud del feto, ésta podrá solicitar la prestación de riesgo de embarazo y contratar a un trabajador que la sustituya con el ahorro en las cuotas de la S.S, tanto de la trabajadora autónoma como de la trabajadora sustituta.

Por ejemplo, si eres una autónoma cuya actividad es un comercio, y tu actividad te obliga a permanecer de pie durante gran parte de la jornada, esta situación (bipedestación prolongada) puede ser constitutiva de riesgo de embarazo, por lo que a partir de un número de semanas de embarazo, si no puedes adaptar tu puesto de trabajo para evitar el riesgo, podrías solicitar la prestación de riesgo de embarazo, percibiendo el 100% de la base reguladora de autónomos y con la posibilidad de contratar a una trabajadora que te sustituya y ahorrarte las cuotas empresariales de la S.S de la trabajadora y las cuotas de autónomo.

Por último, es importante que sepas que la Junta de Andalucía contempla subvenciones para aquellas autónomas que hayan contratado a trabajadores para sustituir los periodos de maternidad, riesgo de embarazo o lactancia, tanto de las trabajadoras por cuenta ajena como de la propia trabajadora autónoma.

Si tienes dudas puedes contactar con nosotros a los teléfonos 956 54 14 05 / 956 87 34 63 para más información.

Eso es todo por ahora, saludos y feliz embarazo!!

 

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